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Registro Municipal de
Visitas Domiciliarias

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Es el acto administrativo a través del cual el ayuntamiento, por conducto de los servidores públicos autorizados supervisa e inspecciona el desarrollo y cumplimiento de las condiciones, los requerimientos y obligaciones para una actividad, establecidas en la normatividad vigente en la materia.

Etapas del
Procedimiento Administrativo
para las Visitas Domiciliarias

1

Inicia con la emisión de la orden de visita, en la que se precisa:

  • Nombre de la persona que deberá recibir la visita

  • Nombre del establecimiento donde se practicará la visita

  • Domicilio del establecimiento a verificar

 

Asi como la materia y los derechos y obligaciones del visitado.

2

Ejecución de la visita de verificación:

 

Su ejecución la lleva acabo el personal especializado en funciones de verificación, el cual desarrolla el objeto y alcance señalado en la orden d visita que le fue entregada y asienta en el acta todo lo que haya observado y precisa los documentos mostrados.

3

Calificación de actas:

 

La sustanciación del procedimiento se desahoga con la finalidad de determinar la calificación del acta de visita de verificación, tomando en cuenta las pruebas ofrecidas por el visitado, así como todas sus observaciones y alegatos.

4

Emisión de la resolución:

 

El procedimiento concluye con una resolución administrativa, en la cual se impone una sanción o no.

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